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FALLOS DE CORTES DE APELACIONES CUESTIONAN VERSIÓN DEL MINISTRO RABAT SOBRE REBAJAS DE CONDENAS

FALLOS DE CORTES DE APELACIONES CUESTIONAN VERSIÓN DEL MINISTRO RABAT SOBRE REBAJAS DE CONDENAS

Una investigación periodística reveló nuevos antecedentes que contradicen la interpretación del ministro de Justicia, Fernando Rabat, respecto de la obligación legal de conceder rebajas de condenas a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad.

La revisión de 15 recursos de amparo presentados durante 2026 permitió identificar que, en 13 casos, las Cortes de Apelaciones de Santiago y Valparaíso ordenaron al Ministerio de Justicia emitir un pronunciamiento sobre las solicitudes, sin exigir necesariamente su aprobación.

En algunas resoluciones, los tribunales reconocieron expresamente que la cartera podía aprobar o rechazar el beneficio, manteniendo la facultad administrativa de resolver cada solicitud.

Estos antecedentes contrastan con la posición defendida por Rabat, quien ha sostenido que, una vez aprobada una reducción por las comisiones correspondientes, el ministerio estaría legalmente obligado a formalizarla.

La controversia surge luego de que se conociera que al menos 56 condenados por abuso sexual y violación de menores de 14 años accedieron a reducciones de pena que permitieron su liberación anticipada.

Uno de los antecedentes relevantes corresponde a un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, emitido el 24 de agosto, que estableció que la resolución definitiva del beneficio dependía de una actuación administrativa del Ministerio de Justicia.

La discusión también involucra una reforma legal de 2022, que excluyó a condenados por delitos sexuales contra menores del acceso a estas rebajas.

El ministro ha defendido que dicha modificación no puede aplicarse retroactivamente a personas condenadas antes de su entrada en vigencia.

Sin embargo, los antecedentes judiciales muestran que existen interpretaciones distintas sobre las atribuciones del ministerio y la aplicación de la normativa.

La investigación también identificó dos resoluciones de Valparaíso que ordenaron directamente liberar a condenados, evidenciando que no existe un criterio judicial uniforme.

Publicacion original en Facebook.


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